miércoles, 28 de noviembre de 2012

¿México o Estados Unidos Mexicanos?


Hoy día la Constitución Federal usa los nombres Estados Unidos Mexicanos, República, Nación Mexicana, pueblo mexicano y México; pero el Presidente Calderón acaba de revivir, como no queriendo, su propuesta de cambiar el nombre del país: México, en lugar de Estados Unidos Mexicanos. Desde el 22 de enero de 2003, siendo diputado federal, Felipe Calderón propuso una iniciativa en ese sentido; después lo hizo el diputado federal Raymundo Cárdenas Hernández, del PRD, el 22 de agosto de 2007. Sobre el particular, intelectuales e investigadores de talla se han manifestado de diverso modo. Por ejemplo, en septiembre de 2008, algunos de éstos señalaron lo siguiente: Roger Bartra decía que sí se debe cambiar porque así nos “hemos llamado” desde hace mucho tiempo; Carlos Monsiváis dijo que sí “para no perder la costumbre histórica”; Elena Poniatowska también estuvo de acuerdo, para no parecernos a Estados Unidos (de América); Juan Villoro expresó que sería sensato porque ese es su nombre histórico; Denisse Dresser opinó que la propuesta es simplemente “pequeña, chata e irrelevante”; en cambio, Enrique Semo se opuso porque “desde el Acta Constitutiva de 1824 el nombre de nuestra República es el de Estados Unidos Mexicanos” y eso no es “fruto de un capricho o de una casualidad”. Por encima de todas estas opiniones, brilla intensamente el detallado y erudito estudio de Gutierre Tibón, el escritor ítalo mexicano autor de “Historia del nombre y de la fundación de México”, quien desbroza no sólo la etimología de la palabra “México”, sino que hace una interpretación nueva y sorprendente, acudiendo a los elementos esotéricos, mitológicos, arqueológicos, geológicos, antropológicos, toponómicos y, por supuesto, histórico sociales, involucrados en el conocimiento de las raíces profundas de la mexicanidad. Tibón abreva en Durán, Sahagún, Tezozómoc y Chavero, así como en Hermann Beyer, Antonio Caso, Eduardo Seler, Ángel María Garibay y Miguel León-Portilla, para llevarnos de Aztlán a México Tenochtitlan; de Anáhuac a Nueva España; y también al nombre de “México” en las diversas lenguas indígenas mesoamericanas; en suma, del mito y la magia a la historia de la fundación del nombre y del lugar “México”, al que González y González incorporaría las dimensiones de matria y patria al aludir a nuestro país. Si Semo se muestra contrario a “cambiar” el nombre de Estados Unidos Mexicanos por el de México, don Edmundo O´Gorman detallaría el origen legítimo y la autenticidad de la formación histórica del nombre “Estados Unidos de Mexicanos”. Recuerdo, en mi opinión, que, desde diciembre de 1993, el gran constitucionalista mexicano, don Antonio Martínez Báez, habría zanjado toda discusión: “se habla de introducir el nombre de ‘México’ en nuestra Constitución. Como si México no se llamara por muchos conceptos ‘México’…está desde su nacimiento dando…sustancia, esencia, a nuestro Estado… México califica a los Estados Unidos Mexicanos o los adjetiva. Tenemos ya el nombre de México”. Con su agudeza, don Antonio haría una analogía mordaz con dedicatoria: “¿es necesario que se consignen en la Constitución los colores del pabellón nacional? No, porque están ahí ya ¿Quién es el valiente que pide que se cambien los colores de la bandera? ¿O que tengamos una estrella abajo del águila o que seamos una estrella de un pabellón extranjero?”. ¿Qué opinará Mr. Calderón?


miércoles, 21 de noviembre de 2012

Reorganización administrativa federal en puerta


Dos iniciativas recientemente presentadas en el Congreso de la Unión han sido objeto de comentarios diversos. Por un lado, la creación del organismo autónomo Comisión Nacional Anticorrupción, presentado en el Senado de la República; y, por otro, modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ambas provienen de los grupos parlamentarios del PRI y PVEM -entiéndase del próximo Presidente de la República, EPN-, atendiendo a una distinta forma de concebir la administración pública. En este tipo de propuestas se pueden apreciar siempre las diferentes concepciones que sostienen los partidos políticos. Como desde siempre se sabe en la teoría público administrativa, no existen normas neutras porque toda disposición está imbuida del sentido que le imprime su autor o iniciador, más allá de los criterios de técnica legislativa empleados para su creación, reforma o derogación. Se trata de una idea distinta del ejercicio legítimo del poder a partir de la norma positiva que atribuye tales o cuales deberes o facultades públicas. En el rango constitucional, la creación de un organismo autónomo para combatir la corrupción resulta ambiciosa, en la medida que a ella se sujetarían ahora los gobiernos federal, estatales y municipales, debido a que se propone una importantísima concentración de atribuciones, dotado de “dientes y garras” para llamar a cuentas a funcionarios “traviesos” u “ovejas descarriadas” que no gustan de conjugar el verbo “regresar”. La iniciativa reconoce, expresa e inusitadamente, la evolución negativa del Índice de Percepción de la Corrupción en México entre 2001 y 2011, elaborado por Transparencia Internacional. Propuesto como un órgano técnico-profesional, lo veremos convertirse desde el principio, indudablemente, en un órgano de control político, administrativo y económico. Si cuaja en el Congreso de la Unión y se legitima en su funcionamiento, constituirá un verdadero parteaguas dentro de los modelos de revisión y control gubernamental, que hará palidecer indiscutiblemente a las entidades de fiscalización superior del país. En tanto que en el campo legal, la reforma administrativa es, quizá, el proyecto de mayor envergadura desde 1976 para reordenar las instituciones de carácter centralizado, desconcentrado y paraestatal. Armonía, orden, coordinación, organización, control gubernamental, son algunos de los términos utilizados en la iniciativa, es decir, lo que se considera faltó a la actual administración federal. Este es siempre el mensaje que todo régimen entrante hace saber al régimen saliente, en forma de impulso legislativo para la redistribución de la función administrativa entre los entes estatales instituidos o por institucionalizar. Los motivos señalados son: búsqueda de una sólida coordinación del gabinete, nuevo esquema de organización para la seguridad interior y la protección de la población, impulso integral a las políticas sociales, nuevo sistema de control gubernamental para vigilar la gestión y manejo de recursos, lo cual se traduce en reformas a las atribuciones de la Secretaría de Gobernación y desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública, reformas a la Secretaría de Desarrollo Social, creación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y extinción de la Secretaría de la Función Pública cuyas funciones se redistribuyen entre otras dependencias. Veremos que resulta de la “licuadora” legislativa ¿qué saldrá aprobado?