A partir del original traslado del debate político
al seno del Parlamento, ocurrido primeramente en Inglaterra, los asambleístas
observaron, con singular inteligencia, la necesidad de aplicar técnicas, formas
y estilos de argumentar, como bagaje indispensable para lograr el éxito en sus
intervenciones durante los debates. En este sentido, uno de los íconos parlamentarios
más destacados por su estilo argumentativo fue Single speech Hamilton (Hamilton el del discurso único) quien, sin
ser el único, antecedió con notable agudeza el sentido deliberativo por
excelencia que asumió el Parlamento, como espacio preeminente de expresión y
lucha política desde el siglo XVIII. Su sobrenombre proviene de la admiración
que provocó la pieza oratoria que expresara en la Cámara de los Comunes, en
1755, con la que intervino durante muchas horas en el debate de respuesta al
mensaje de la Corona. A partir de su prolongada experiencia en el Parlamento,
conformó un escrito denominado Lógica
Parlamentaria en el que resumió, en 553 máximas, un conjunto de reglas
prácticas para lograr el triunfo en los debates públicos, basado en la
observación de la oratoria de personajes como Fox, Pitt y Burke. De este
modo, cobró celebridad la figura de Hamilton, como un moderno Maquiavelo del
parlamentarismo y su escrito asumió la categoría de una especie de manual del
parlamentario, que nutrió de manera casi universal, a la hora de debatir, la
conducta política de los integrantes de las asambleas políticas durante el
siglo XIX. Sus notas, curiosamente, permanecieron inéditas y no fueron
publicadas sino hasta 1808, doce años después de su muerte, habiendo sido
condenadas por autores como Bentham, por considerarlas plenas de indiferencia
moral y de cinismo político, como aquellas en las que recomendaba: “Afirmad
la misma cosa de diferentes maneras: cuando censuréis, buscad algo que aprobar;
y cuando aprobéis, buscad algo que censurar. Ceded en un punto de importancia
secundaria. Admitid la proposición y negad la consecuencia”; “Cuando os
favorezca, separad el hecho del argumento; cuando os perjudique, mezclad el
hecho con el argumento”; “Haced pasar lo bueno por lo malo, y viceversa.
Examinad uno por uno con mucho cuidado vuestros puntos fuertes, y tened siempre
en cuenta los prejuicios dominantes”; “Cuando no consigáis convencer, proponeos
deslumbrar acumulando imágenes”; “Cuando no tengáis razón, emplead expresiones
amplias y generales (porque son equívocas), y multiplicad las divisiones y
distinciones hasta lo infinito”; “Algunos argumentos, alguna ironía, alguna
elocuencia: eso es el discurso”; “Recoged la afirmación de vuestro adversario,
manifestad que si es verdadera no cambia en nada la cuestión y demostrad
enseguida que es falsa”; “Mezclad el razonamiento, el sofisma y la elocuencia”. Desde esa
época y más allá de elementos discursivos, a partir de su crítica, la obra de Hamilton
llevó a los legisladores a interesarse por los aspectos más generales relativos
a la normación o reglamentación de la vida interna de las asambleas deliberantes, como las llamó Burke. Seguiremos...
jueves, 24 de septiembre de 2015
jueves, 17 de septiembre de 2015
El Congreso Federal y su ordenamiento interior (I)
En el contexto del nacimiento y evolución del Estado
moderno, el órgano legislativo -Parlamento si atendemos a la experiencia
europea; Congreso, si a la americana- encontró su lugar a lo largo de varios
siglos, para asentarse firmemente como institución e instrumento político
representativo, innegablemente vinculado al principio de la soberanía popular,
en el que descansa a plenitud. Sin embargo, al referirse al papel que en su
vertiente contemporánea desarrolla el Parlamento o Congreso, diversos autores
han argumentado sobre la paulatina disminución de su influencia y espacio de
acción, al contrastarlo con el desempeño del poder Ejecutivo. En efecto, la
creciente especialización que acusa la administración pública, obligada de suyo
por imperativos técnicos y económicos, que se manifiesta en el creciente
desarrollo del elemento tecnocrático para introducir mayor eficacia y rapidez
en las decisiones, así como la relativamente mayor independencia, extensión y
concentración de atribuciones de que goza, ha llevado, en el extremo, a
categorizar a los cuerpos parlamentarios como simples cámaras de registro de la
voluntad del Ejecutivo, y que los procedimientos internos de las
asambleas políticas, para el conocimiento, estudio y aprobación de leyes que
regulan materias específicas, se avienen “mal” con los de aquel poder, y que
los tiempos y debates que adopta el Legislativo son retardados, tediosos u
obsoletos: he aquí el no bien informado criterio de que se nutre el
antiparlamentarismo. El reflejo de una razón sociológica general como la
anterior, adquiere inevitablemente la necesidad de estudiar su impacto cuando
se exploran los aspectos formales en que el Parlamento fundamenta su proceder.
Por ello, el conocimiento de los órganos legislativos exige un análisis
racional de sus atribuciones, para comprender su papel en el sistema de
equilibrios y contrapesos del Estado. En efecto, el traslado del debate
político al seno de las asambleas políticas, motivó no sólo la acuñación de un
estilo de argumentación a la hora de discutir, sino también la instauración de
un conjunto de reglas mínimas para ordenar las operaciones internas de las
cámaras legislativas. Las normas admitidas constituyeron el ordenamiento parlamentario
(hoy día, Ley o Reglamento, o ambos en el caso mexicano), original y primigenio
objeto de estudio del Derecho Parlamentario, que posteriormente se vio ampliado
para incluir en su campo el estudio de las funciones sustantivas del órgano
legislativo y su interacción con los demás órganos del Estado. Fue el ordenamiento
interior de estos cuerpos político-legislativos el instrumento jurídico que se
construyó, durante casi doscientos años, para regular los procedimientos,
inmunidades y privilegios parlamentarios, en complemento con las normas
constitucionales vigentes de cada época. Por eso, en términos históricos, la
asambleística -o estudio de las asambleas políticas- asume una mayor intensidad
y cercanía con nuestra contemporaneidad, considerada desde el punto de vista de
la estructuración del poder político y del estado de derecho. Seguiremos…
jueves, 10 de septiembre de 2015
Paquete económico 2016
En un contexto económico internacional muy difícil,
sin pronósticos claros pero volátiles, resulta crucial para la economía
nacional las medidas que se contienen en el comúnmente denominado “paquete
económico” 2016, que no es otra cosa sino los ingresos y egresos que debe
autorizar el Congreso Federal. En efecto, el artículo 73 de la Constitución
Federal establece que es atribución del órgano legislativo aprobar, anualmente, el presupuesto de egresos de la
Federación, también conocido como gasto público, con las modificaciones que se
determinen; lo cual supone, obligadamente, la aprobación previa de las
contribuciones (impuestos, derechos, productos y aprovechamientos) con las que
se forman los ingresos federales. La aprobación legislativa también incluye las
erogaciones plurianuales para inversiones en infraestructura, que deberán señalarse
en los siguientes presupuestos de egresos.
La fórmula sigue
siendo la misma, esencialmente, con las modificaciones introducidas en los años
de 2008 y 2014: el presidente de la República hace llegar a la Cámara de
Diputados la formal iniciativa de ley de ingresos y el proyecto de presupuesto
de egresos de la Federación, con fecha límite al día 8 del mes de septiembre; el
secretario de hacienda y crédito público, comparece para explicar a los
legisladores los alcances de los ingresos-egresos propuestos; y, más tardar el
día 15 del mes de noviembre, esa Cámara debe aprobar el mencionado presupuesto
de egresos, considerando que los ingresos ya fueron autorizados. Cada año,
sobre todo cuando inicia una nueva legislatura federal, esta tarea ocupa muchas
horas de discusión en comisiones y de acuerdos entre los grupos parlamentarios
y la secretaría del ramo, porque es claro que la “sábana presupuestal” no
alcanza para todo ni para todos, toda vez que los ingresos provenientes del
petróleo han disminuido, que la moneda nacional se ha devaluado y que el
mercado financiero es presa de la especulación internacional.
Poco a poco, desde
el año 2000, se impusieron restricciones a la otrora discrecionalidad de que
gozaba el Ejecutivo Federal en este campo: ya no existen las partidas secretas
sin registro, y las que se consideraren necesarias, ya no son tan secretas
desde el momento en que se presupuestan y se fiscalizan mediante la cuenta pública,
cuya revisión es anual; sólo se puede ampliar la presentación de los ingresos y
egresos ante la Cámara, mediante solicitud justificada del Ejecutivo que así
apruebe el Legislativo. En este campo, es inevitable el uso de cifras. La
iniciativa presidencial asume que habrá una aceleración económica y, por eso, calcula que el
crecimiento del Producto Interno Bruto será de 2.6 a 3.6%, mayor a lo que
sucede en 2015; y, que el gasto neto total para 2016 será de 4.746 billones de
pesos, es decir, 1.9% menor al autorizado para 2015. Igualmente, se prevé para
2016 una inflación del 3%, un tipo de cambio de 15.9 pesos por dólar, un precio
de 50 dólares por barril de petróleo y una tasa de interés del 4% anual. Ya
veremos… ¿No?
jueves, 3 de septiembre de 2015
¿Parlamento o Congreso?
La existencia de asambleas en las que se discutía
sobre asuntos de interés común puede documentarse desde la antigüedad. La polis
practicó esta forma de reunión pública y célebre es el enjuiciamiento de
Sócrates por una asamblea de ciudadanos atenienses que tenía, entre otras
facultades, el poder de decidir sobre la vida o muerte de un congénere. En la
civitas tuvo una notable institucionalización, al grado de que uno de los
resultados en que se observa el paso de la república al imperio se relaciona
directamente con la decadencia de la asamblea senatorial romana y el ascenso de
gobernantes omnímodos. Desde entonces, las asambleas y los gobernantes
absolutos son personajes políticos que se repelen con mutua dureza y
beligerancia. La noción Parlamento se acuñó en
el siglo XIII, pero su naturaleza cambió a
partir de la revolución inglesa de 1688,
cuando el viejo Parlamento asumió un moderno plusvalor político con el ascenso
de las asambleas legislativas al plano de la apropiación colegiada del poder
público, reconfigurando su antigua
función de consejería en un nuevo espacio político, en el que irrumpió exigiendo representatividad
expresada en el traslado del debate de la cosa pública al seno del Parlamento o “lugar donde se discute”. Así, se
constituyó en el recinto de la soberanía y, a finales
del siglo XVIII, pero sobre todo en el XIX, el edificio parlamentario cobró una
presencia urbana significativa en las ciudades capitales occidentales: primero
en Inglaterra, cien años después en Francia y, diez años antes que en ésta, del
otro lado del océano adoptó el nombre de “Congreso” al establecerse la confederación pactada por las
trece colonias americanas. En este continente, bajo formas unicamerales o
bicamerales, las maneras congresionales llegaron para quedarse sin mayor
problema en los Estados Unidos de América; y en la América hispanizada, a
consecuencia de los procesos independentistas, en calidad de laboratorios
ideológicos que ensayaron formas de estado y de gobierno, pagando el precio de
sus prácticas constitucionales con la moneda parlamentaria más cara: la
disolución de Congresos. Parlamentos y Congresos
forman parte del equipamiento cultural urbano. Nuestro
país encuadra en esta situación. En
periodos que van de unos días a decenas de años, el Congreso mexicano ocupó edificios viejos y nuevos,
casas de adobe, parroquias, iglesias y teatros. De las calles de Rayón y
Victoria en la ciudad de Zitácuaro, al Palacio Legislativo de San Lázaro, 25 son los inmuebles que fueron utilizados o
construidos como sedes formales (16 durante la independencia y 9 a partir de 1822). Actualmente, a los sujetos
estatales que tienen a su cargo la función de producir legislación, se les denomina: “Parlamento”
en el régimen de gobierno parlamentario, y “Congreso” en el presidencial, aunque
por funcionalidad, organización y relaciones con los demás poderes del Estado,
se acepta el término “Parlamento” como expresión genérica que alude a las
Asambleas políticas en que reside el Poder Legislativo. Saludos a la nueva
Legislatura Federal, para que esté a la altura de las necesidades de la Nación.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)