La aprobación de la reforma constitucional en
materia energética, coronó un conjunto de modificaciones denominadas
estructurales, producidas por un doble acuerdo sucesivo: el acuerdo político
denominado Pacto por México; y el acuerdo parlamentario representado por las
votaciones de mayoría calificada en las cámaras del Congreso de la Unión. En
términos amplios, ambos acuerdos forman parte de la estrategia política del
gobierno de la república, consensada o negociada con las principales fuerzas
político-electorales del país. El reformismo gradual –o, simplemente,
gradualismo– al que en otras ocasiones nos hemos referido, parece seguir
confirmándose como una lógica de la política interior mexicana durante un
periodo que alcanza ya 35 años, si se toma como punto de partida la inflexión histórico-social
representada por la reforma política de 1977. Ésta habría permitido que la reforma
del Estado de nuestro tiempo tuviere un contenido más amplio: reforma educativa,
reforma fiscal, reforma política y reforma energética, que han significado la
modificación de varias disposiciones constitucionales.
Si se calculan bien los efectos de este conjunto de
reformas, podremos apreciar que no será la actual administración federal la que
verá los esperados positivos resultados que se pretenden de este gradualismo reformador.
Es decir, el primer ciclo o fase ha culminado, después del primer año de
gobierno con nuevas disposiciones constitucionales a tono con el planteamiento
anunciado desde el principio. Sobremanera, la importancia de este paso radicaba
en la necesidad de formar la voluntad política suficiente para materializar la
decisión parlamentaria y, en seguida, promover la aprobación de las
legislaturas locales. Cumplidas las premisas de esta fase inicial, el segundo
ciclo se conformará por las reformas legales que desarrollen las nuevas
disposiciones constitucionales, como ya sucedió, por ejemplo, en materia de
educación, aunque sigue estando pendiente la armonización de la legislación
educativa de los Estados. Reglamentar los rubros sobre instituciones y
procedimientos electorales federales, su engarce obligado con los procesos
electorales locales, así como la reelección permitida para legisladores y
munícipes, conjuntamente con las propias necesarias para los hidrocarburos y la
electricidad, anuncian, comparativamente con el ciclo anterior, un “menor”
esfuerzo político, pero una “mayor” aplicación técnico-legislativa.
Las reformas constitucionales, con todo y su efecto re-estructurador,
siempre son técnicamente menos difíciles; empero, su reglamentación lo es más
por el detalle y precisión con el que deben legislarse ordenamientos totalmente
nuevos. Este segundo ciclo, también verá el desarrollo legal de las
disposiciones en materia de transparencia y del nuevo ente facultado para ello,
así como del campo que ahora se llama de la “anticorrupción”, dado que ambos
rubros provienen, a su vez, de sendas reformas constitucionales. Considerada
producto de una sola estrategia, la reglamentación será compleja y polémica –según
el cristal político que usa cada fuerza representativa para impulsar su ideario
propio–, en los temas educativo, fiscal, electoral, energético, de
transparencia y contra la corrupción. Se espera que el segundo ciclo concluya
durante el año 2014, antes de las elecciones de 2015. ¿Será?
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