Cada vez que se habla de reforma política, reforma del
estado, reforma electoral, reforma educativa, reforma energética, suele decirse
que el tema pertenece al campo de la “Política” y del “Estado”; y lo más
curioso es que prácticamente todos los que hablamos de estos temas, pareciéramos
dar por sentado que tenemos el mismo concepto de sobre su significado, lo cual
no necesariamente es cierto. En términos generales, por política se entiende
todo hecho o conducta relacionado con el fenómeno del poder, y cuando mediante
un método racional o reflexivo se tiene al poder como objeto de estudio, a
partir del examen de comportamientos provenientes de la realidad, se dice que
se constituye la ciencia política; así mismo, cuando son varias las disciplinas
que observan este fenómeno desde diferentes ópticas científicas, estamos
entonces frente a las ciencias políticas; de modo que, en cualquier grupo o
formación social donde suceden relaciones de dominio o de contradominio –en un
momento histórico determinado y en un ámbito geográfico definido–, se entiende
que se dan relaciones de poder, relaciones políticas o política a secas.
Las formas en que las relaciones de poder se han
manifestado a lo largo de la historia son diversas: polis, en Grecia; civitas,
en Roma; señorío feudal o reino, en la Edad Media; e imperio, en el
Renacimiento. Pues bien, durante los siglos XIX y XX, nació y se desarrolló el
concepto de Estado, como una forma histórica de las relaciones de poder entre
gobernantes y gobernados, cuya diferencia con las formas precedentes, consiste
en que el Estado se sujeta a los principios de división de poderes, elecciones
populares y democráticas, ejercicio temporal de los cargos públicos, derechos
humanos y sujeción a la Ley expresada en cartas constitucionales. Por eso,
autores como Heller o Reyes Heroles señalan que se denomina Estado de Derecho a
la actual y particular forma de las relaciones políticas; es decir, al famoso “poder
reglado o normado”, que no admite comportamientos de la autoridad no previstos
en las leyes, a menos de incurrir en la arbitrariedad que sí sucedía
permisivamente en las anteriores formas políticas, porque no tenían como
presupuesto político fundamental el denominado imperio de la Ley.
En nuestro país, los debates reformadores o
reformistas que hemos visto y leído sobre las materias educativa, energética,
electoral, derechos fundamentales, sistema de justicia, son, por tanto, temas
que se pueden agrupar bajo el rubro de “reforma política” o “reforma del Estado”,
porque tienden a crear nuevas facultades y deberes tanto para las personas como
para las autoridades y los gobiernos. Así que cuando hablamos de Política y
Estado, nos estamos refiriendo, concretamente, al ejercicio del poder y al
conjunto de leyes que lo rigen, conjuntamente con la ciudadanía que da sustento
al sistema. Toda vez que la Ley es el fundamento del Estado, cuando se habla de
la reforma del Estado también se dice, llanamente, que reformar al Estado
consiste en reformar la legalidad a partir de la propia legalidad. La ciudadanía,
entonces, contribuye a la reforma del Estado en la medida en que la manifestación
de sus preferencias partidarias, por la vía electoral, determina la formación
de la voluntad política representada en los órganos del Estado. ¿Atinamos?
Esperemos por el bien de todos, que le atinemos con las reformas propuestas.
ResponderEliminarExcelente artículo.