miércoles, 28 de agosto de 2013

¿Qué es una Constitución?

Históricamente, tres son las Constituciones emblemáticas o icónicas a las que se acude para ejemplificar qué es una Constitución: la Carta Magna inglesa de 1215, la Constitución de los Estados Unidos de América y la Constitución Francesa de 1791. Como generalmente sucede, primero se dieron estos instrumentos resultantes de movimientos sociopolíticos de influencia transcontinental, y después se teorizó sobre su significado o esencia. El jurista anglosajón Schwartz apunta que en el año de 1795, un miembro de la Suprema Corte de E.U.A., al preguntarse sobre ella, la definía como la ley básica de un país e instrumento escrito que es la fuente de la autoridad que ejerce un gobierno, fija los límites de la actividad gubernamental y distribuye sus funciones en varios departamentos.
En 1862, Lasalle pronunció su famosa conferencia “¿Qué es una Constitución?”, a propósito de los movimientos sociales y obreros de Europa de 1848, concluyendo que la Constitución es más que una simple ley y, antes bien, es el fundamento de todas las demás leyes ordinarias de un estado nacional, que reconoce principios inconmovibles y cuya fuerza activa son los factores reales de poder existentes en la sociedad, “vertidos en una hoja de papel”. En el siglo XIX se aprobaron constituciones sobre todo en Europa y en América; pero fue en el siguiente y hasta el día de ahora que cobraron importancia los derechos humanos y su garantismo, a tono con la tradicional clasificación del maestro español Posada (principios del siglo XIX), que dividía toda constitución en parte dogmática (derechos humanos) y parte orgánica (poderes públicos), y con la opinión de Bryce que hablaba de constituciones rígidas y flexibles, según su procedimiento de reforma fuera por votación calificada (2/3 ó 3/4 del total de las cámaras legislativas) o por mayoría (mitad más uno de los votos).

La teoría constitucional que se formó, traía detrás de sí el soporte de la construcción de los conceptos “Política” y “Estado”, a los que me referí en mi anterior entrega; de modo que a nadie le faltaría razón si dijera que dado que en el concepto Nación anida una base sociológico-material, y que en el concepto Estado encontramos un fundamento jurídico-formal, pues entonces la Constitución vendría a ser algo así como el acta de nacimiento de un Estado-Nación. En la antigüedad no hubo constituciones como las de ahora; no lo fue la de Atenas ni las más de 300 constituciones estudiadas por Aristóteles en el siglo IV a. C. Entre ellas y las actuales sólo compartimos el nombre, más no su estructura ni radio de acción, porque las de hoy se ajustan al exhaustivo patrón del Derecho que entonces no estaba desarrollado a plenitud, así se rinda tributo al derecho romano como real precursor de las modernas ciencias jurídicas. “Constitucionalizar” es un verbo que se ha acuñado para significar al menos dos cosas: (1) Que cuando en la interacción sociedad civil-sociedad política se dan reelaboraciones y reacomodos, hay que llevar los acuerdos a la Constitución para significar la adecuación del consentimiento social y del pacto político; y (2) Que ese es el camino indicado por la experiencia histórica para solucionar conflictos nacionales críticos o violentos. Las 194 constituciones existentes al año de 2010, de un total de 196 naciones en el mundo, constituyen una evidencia política internacional muy difícil de soslayar. ¿O sí?

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