En nuestra colaboración del 3 de julio de este año,
comentamos que existe una reforma política en puerta y que, por los propios
elementos de su contenido, sin duda será el debate o el acuerdo más importante del
sexenio, y que para llegar a ellas, habría de verificarse antes la presentación
de la denominada reforma energética, importantísima por supuesto, pero que no
involucra los efectos políticos de la reforma del Estado. Sin embargo, la energética es una reforma que adelanta, básicamente, el comportamiento de los
acuerdos y cabildeos entre las distintas fuerzas partidistas nacionales, porque
se requieren al menos dos de los grupos parlamentarios en el Congreso de la
Unión, para alcanzar la mayoría calificada necesaria para su aprobación por el
denominado Constituyente Permanente Federal (Congreso de la Unión más las
legislaturas de los Estados de la República). Dos también son los
artículos de la Constitución Federal que el Presidente de la República propone
reformar: el 27 y el 28. El primero de ellos, regula lo que se conoce como
recursos naturales de la Nación: tierras, aguas y mares, plataforma continental
y zócalos submarinos, bosques y selvas, minerales o
substancias (en vetas,
mantos, masas o yacimientos) hidrocarburos y, por supuesto, y el
espacio situado sobre el territorio nacional no sólo considerado como
transportación sino como transmisión de señales como la radiodifusión y las
telecomunicaciones. En todos estos recursos, el dominio de la Nación es
inalienable e imprescriptible, y su explotación, uso o aprovechamiento por
particulares o sociedades sólo puede realizarse mediante concesión otorgada por
el Ejecutivo Federal. Refiere, en suma, a la propiedad originaria de la Nación
sobre el subsuelo, suelo, el espacio sobre él y aguas marinas que forman el
territorio nacional. Pues bien, la iniciativa propone romper el monopolio
estatal de Pemex y de la CFE, para que éstas puedan realizar acciones conjuntas
con el sector privado, mediante contratos de utilidad compartida y ya no por
concesión. Esto permitiría que empresas de particulares, asociadas con las empresas
estatales señaladas, pudieran convenir acciones en materia de exploración y
explotación de hidrocarburos, e invertir en todas las ramas petroleras; por
otra parte, los particulares podrían participar en la generación de energía
eléctrica, en tanto que el Estado tendría el control del sistema eléctrico
nacional, incluyendo su transmisión y distribución. La idea de suscribir
contratos es que tanto las empresas públicas como las privadas podrían
compartir utilidades. Por lo que hace al artículo 28 (antimonopolios), hoy día
establece, entre varias premisas, que son áreas
estratégicas las funciones que el Estado ejerza en forma exclusiva en
petroquímica básica. Pues bien, aquí lo que se propone es suprimir a la
petroquímica básica como área estratégica, decir que no constituye monopolio y
que, tratándose de petróleo y demás hidrocarburos, se estará a lo dispuesto por
el artículo 27 de la Constitución. El mensaje que envía el Gobierno a los
ciudadanos, es el de que se abarataría el costo de los servicios de la luz y
del gas, se generarían miles de empleos y se elevaría la tasa de crecimiento
económico. Visto en su conjunto, no se prometen cosas menores, para lo cual se
necesita sentar las bases constitucionales de las reformas legales
subsiguientes ¿Se podrá?
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