miércoles, 14 de agosto de 2013

Reforma Energética

En nuestra colaboración del 3 de julio de este año, comentamos que existe una reforma política en puerta y que, por los propios elementos de su contenido, sin duda será el debate o el acuerdo más importante del sexenio, y que para llegar a ellas, habría de verificarse antes la presentación de la denominada reforma energética, importantísima por supuesto, pero que no involucra los efectos políticos de la reforma del Estado. Sin embargo, la energética es una reforma que adelanta, básicamente, el comportamiento de los acuerdos y cabildeos entre las distintas fuerzas partidistas nacionales, porque se requieren al menos dos de los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión, para alcanzar la mayoría calificada necesaria para su aprobación por el denominado Constituyente Permanente Federal (Congreso de la Unión más las legislaturas de los Estados de la República). Dos también son los artículos de la Constitución Federal que el Presidente de la República propone reformar: el 27 y el 28. El primero de ellos, regula lo que se conoce como recursos naturales de la Nación: tierras, aguas y mares, plataforma continental y zócalos submarinos, bosques y selvas, minerales o substancias (en vetas, mantos, masas o yacimientos) hidrocarburos y, por supuesto, y el espacio situado sobre el territorio nacional no sólo considerado como transportación sino como transmisión de señales como la radiodifusión y las telecomunicaciones. En todos estos recursos, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible, y su explotación, uso o aprovechamiento por particulares o sociedades sólo puede realizarse mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal. Refiere, en suma, a la propiedad originaria de la Nación sobre el subsuelo, suelo, el espacio sobre él y aguas marinas que forman el territorio nacional. Pues bien, la iniciativa propone romper el monopolio estatal de Pemex y de la CFE, para que éstas puedan realizar acciones conjuntas con el sector privado, mediante contratos de utilidad compartida y ya no por concesión. Esto permitiría que empresas de particulares, asociadas con las empresas estatales señaladas, pudieran convenir acciones en materia de exploración y explotación de hidrocarburos, e invertir en todas las ramas petroleras; por otra parte, los particulares podrían participar en la generación de energía eléctrica, en tanto que el Estado tendría el control del sistema eléctrico nacional, incluyendo su transmisión y distribución. La idea de suscribir contratos es que tanto las empresas públicas como las privadas podrían compartir utilidades. Por lo que hace al artículo 28 (antimonopolios), hoy día establece, entre varias premisas, que son áreas estratégicas las funciones que el Estado ejerza en forma exclusiva en petroquímica básica. Pues bien, aquí lo que se propone es suprimir a la petroquímica básica como área estratégica, decir que no constituye monopolio y que, tratándose de petróleo y demás hidrocarburos, se estará a lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución. El mensaje que envía el Gobierno a los ciudadanos, es el de que se abarataría el costo de los servicios de la luz y del gas, se generarían miles de empleos y se elevaría la tasa de crecimiento económico. Visto en su conjunto, no se prometen cosas menores, para lo cual se necesita sentar las bases constitucionales de las reformas legales subsiguientes ¿Se podrá? 

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