Los recientes debates parlamentarios sucedidos en el
Congreso de la Unión, para aprobar las leyes secundarias que derivan de las
modificaciones constitucionales “estructurales” o “generales” o “armonizables”
aprobadas –en este momento toca el turno a las de carácter energético–, han
reavivado una vieja y, a la vez, nueva polémica entre políticos y tecnócratas.
Se decía en el congreso federal, que tan malo era el político metido a
tecnócrata, como el tecnócrata metido a político, porque se corría el riesgo de
que las posturas colisionaran al enarbolar proyectos con ideas opuestas y, al
final, sólo triunfaba la regla de oro de los parlamentos: la mayoría decide con
base en el proyecto que defiende. Como en el fondo se trata de un asunto de
teoría y orden constitucional, es comprensible que idearios políticos o
técnicos diferentes sean, en el extremo, irreductibles. Antes que, para superar
la oposición entre “políticos” y “técnicos”, tengamos que inventar la categoría
de los “tecnopolíticos”, como una suerte de híbridos que no serían ni lo uno ni
lo otro, tal vez quepa recordar una cita del “Derecho Constitucional Mexicano”
de don Ignacio Burgoa: “con toda razón ha dicho Octavio Paz en su estupendo
libro El Laberinto de la Soledad que el gobierno de los técnicos, ideal de la
sociedad contemporánea, sería así el gobierno de los instrumentos. La función
sustituiría al fin; el medio al creador. La sociedad marcharía con eficacia,
pero sin rumbo. Y la repetición del mismo gesto, distintiva de la máquina,
llevaría a una forma desconocida de inmovilidad: la del mecanismo que avanza de
ninguna parte hacia ningún lado”. Burgoa tampoco era benevolente con los
“políticos”; decía que “la ley fundamental del país debe ineludiblemente
observarse, sin que…sus violaciones traduzcan ninguna crisis del derecho sino
de los hombres encargados de hacerlo cumplir en su carácter de funcionarios
públicos del Estado”. Así era, a principios de los 90’s del siglo pasado, el
enfrentamiento entre tirios y troyanos en la función pública federal mexicana.
¿Cómo es ahora? En un recientísimo y brillante
libro, “Teoría Constitucional y Procesos Políticos Fundamentales”, don Jorge
Moreno Collado aborda de manera amplia y cuidadosa la vinculación entre la
norma jurídica y la realidad. Su prologuista de lujo, don Diego Valadés, la
expresa como la reciprocidad entre la construcción normativa y la conducta social.
La norma y la normalidad; los agentes políticos y los ciudadanos, estarían
vinculados por procesos políticos fundamentales. Política y técnica caben aquí,
porque contribuyen a proporcionar elementos que dan base teórica y empírica a
la teoría constitucional. En efecto, el poder público y el poder ciudadano
interactúan, se informan mutuamente y no siempre de manera acordada, sino
dialéctica, es decir, como un enfrentamiento de contrarios. El proceso que los liga
es fundamental, incluso en el conflicto, porque hace confluir la forma y la
materia; la norma y la realidad; y si el derecho supone formas normativas,
también concurren en su contenido los principios científicos y avances técnicos.
La realidad modifica la norma, pero la norma también aspira a modificar la
realidad; no hay lugar para híbridos, sino implicación franca, es decir,
procesos políticos fundamentales que vinculan el atributo de la normatividad jurídica
con el de la normalidad proveniente de la realidad. Sin duda ¿O no?
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