miércoles, 30 de julio de 2014

Sociedad y Estado


Cuando se dice que en el constitucionalismo –como corriente- y en la constitución –como instrumento- lo que se hace es “juridizar” los conceptos de Estado y Sociedad, no significa ello que esta pareja nazca apenas a la vida; sino que, como las dos caras de una moneda, se les ubica normativamente en un texto políticamente acordado, conforme a una articulación que prescribe la la actuación de cada parte. En efecto, el fundamento empírico del poder constitucional proviene de las personas, grupos, corporaciones o agregados humanos que se ubican en territorios, provincias o regiones que forman un pluriverso real, y al que el discurso constitucional intenta concebir como un universo normativo, para introducir un criterio de unidad territorial, poblacional y político en el complejo de las relaciones humanas. ¿Quién es primero, la Sociedad o el Estado? ¿La sociedad civil o la sociedad política?  Bueno, la premisa mayor es que la base constitucional es societaria y, por tanto, su aroma distintivo es eminentemente social, colectivo e inclusivo. La premisa menor sería su división en una parte civil y otra política, pero sin el atributo de la exclusividad; o sea, ambas partes de influyen, interactúan y tienen vasos comunicantes. Lo que una vez es civil se vuelve político, y viceversa. ¿Ejemplos? Los hay muchos. Cuando vemos que los órganos de gobierno de organismos autónomos del estado, como el Instituto Nacional Electoral o el Instituto Federal de Acceso a la Información, se forman por ciudadanos, sucede que se inyectan “insumos humanos” de la mejor cepa en el “cuerpo” de instituciones públicas; poco importa que los ciudadanos llamados a formar parte de las instituciones ampliadas de gobierno tengan tal o cual ideología, inclinaciones o pensamientos, porque eso es inevitable, lo que se busca es llevar los mejores hombres y mujeres al ejercicio de esas responsabilidades; pero en el momento mismo que son designados por los órganos políticos para cumplir esa función, ipso facto (en el mismo acto) e ipso jure (en el mismo derecho) esos ciudadanos que provienen de la Sociedad conviértense en agentes del Estado. El ejemplo contrario es muy simple: el político que deja de ejercer un cargo, asume el carácter de ciudadano dedicado a tareas “civiles”, no obstante mantenga lazos de amistad o reconocimiento con sus excolaboradores “políticos”. Ah, pero ¿qué no sigue esperando la oportunidad de volver al campo al que ha dedicado la mayor parte de su vida? Cierto, y la misma suerte e intención sigue el “ciudadano” una vez que prueba el sabor de la participación pública o política. ¿Por qué pasa esto? Pues porque toda persona es portadora de una carga “societaria” y de una “estadual”, resultantes tanto de relaciones de convivencia social como de relaciones de conflicto, dado que el conflicto está presente en toda convivencia. ¿Ejemplos? Nuevamente son fáciles de dar: ¿Acaso no hay ciudadanos que no respetan semáforos ni sitios de estacionamiento? ¿No los hay también que tiran basura, insultan o agreden? Cuando esto sucede volteamos en busca de la “autoridad” para corregir estos conflictos producto de la vida social; pero el incumplimiento también está presente en el ámbito público y de ahí los conflictos políticos donde reclamamos comportamientos éticos…Es así que entre Sociedad y Estado todo es de ida y vuelta. ¿A poco no?

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