Los años de 2008 y 2011
marcarán en el futuro las fechas clave en que en nuestro país y sus entidades
federativas se sintetizaron reformas y paradigmas de un impacto social, institucional
y garantista de enorme calado: Justicia Alternativa y Solución de Conflictos, Reforma
Judicial, Justicia para Adolescentes, Transición Penal, Derechos Humanos,
Defensoría Pública, Ley de Amparo y, además, Codificación Tipo o Única del
Procedimiento Penal. La experiencia inmediata nos ha probado que implantar no
ha sido lo mismo que implementar, es decir, que aprobar leyes y reformas no es
lo mismo que calcular gastos económicos; que la reforma en sí misma, buena sin
duda, también está resultando muy cara, y que lograr la transformación judicial y administrativa necesaria para operarla, bajo
una óptica sistémica, pasará por una dura curva de aprendizaje de entre cinco y
diez años, porque “La Reforma” ha resultado, realmente, una multiplicidad de
reformas a órganos, procedimientos, prácticas y normas en materia de justicia y
derechos humanos, involucrando muy diversas materias y jurisdicciones, con
ritmos y direcciones de impacto muy diferente, según se trate de la federación o
de las entidades federativas. Enfrente tenemos la necesidad de solucionar o
coadyuvar a la solución de los problemas de juicios costosos, procedimientos
largos, reparación del daño, combate a la delincuencia organizada y
narcotráfico, y todo ajustándose a una nueva concepción de la labor judicial que
tiene en la oralidad y en la adversarialidad, sujetándose a principios
restaurativos, los elementos para resolver, atendiendo a los criterios emitidos
por las cortes internacionales, una problemática generalizada que desborda el
ámbito penal, y que incluye lo civil y lo mercantil. Lo que está en juego es la
totalidad del sistema de impartición de justicia y de la operación del orden
jurídico nacional, tanto en el fuero federal como en el común. Y también la evidente
complejidad de la reforma y los resultados de su aplicación, son vectores que
están en la mira de análisis tanto de “apocalípticos” como de “integrados”, si
se vale decirlo así, parafraseando la manera en que Umberto Eco usara esta
expresión en el ámbito de la cultura y la comunicación. En todo caso, los
componentes del sistema que se modifica, la interrelación o mutua influencia
entre los mismos traducida en el complejo de las relaciones
interinstitucionales, todo ello frente a los derechos fundamentales de las
personas de que se nutre el necesario ideal y la praxis del garantismo humano,
no pueden pensarse ni mucho menos actuarse en forma desarticulada o individualizada.
De no entenderse así, este o cualquier otro sistema correría el riesgo de
saturación o de colapso, que impediría corregir los errores del trazo original
de las reformas, dado que se requerirán de ajustes periódicos y de revisión
permanente para aspirar a funcionar en términos sistemáticos y estructurales. Esencialmente,
lo que está en juego es algo más que un simple paradigma teórico y su
aplicación; lo que tenemos por meta superior son principios de una mejor
convivencia social, más justa y restaurativa que en el pasado, pretendiendo
establecer bases para un mejor horizonte humano y de vida. No lo será todo,
pero hoy se cree que así empieza ¿Será?
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