El
parlamento moderno es producto de la razón occidental. Desde el mundo de las
ideas, su cepa fue el pensamiento político de la ilustración y su fundamento
filosófico el liberoindividualismo inglés, respaldos ambos de la práctica
contestataria de las asambleas deliberantes y de los enfrentamientos violentos
con el poder de la Corona sucedidos a fines del siglo XVII, cuya realidad se
expandió en la Europa centro occidental en el transcurso de los siglos XVIII y
XIX. Al admitir el valor del legado de los representantes de la Ilustración,
sobre todo en el ámbito de la filosofía política, Isaiah Berlin se acerca al
contenido de las ideas y su historia, sin dejar de señalar los errores de
algunos filósofos ilustrados en la interpretación de los asuntos humanos. No
pocos de ellos observaron la cientificidad de los métodos y categorías
aplicados en las ciencias naturales, y manifestaron su interés o franca
convicción en la existencia de leyes históricas a manera de uniformidades de
carácter universal, que permitirían explicar y predecir los fenómenos sociales
para evitar los males de su época.
El
parlamento moderno se consolidó en este ambiente cultural, históricamente
definido, apropiándose de ideales como la
razón, la libertad y la felicidad humana. Pero, a diferencia de los
pensadores, los parlamentarios ejercieron liderazgos en los congresos de la
modernidad, con un sentido de la realidad parlamentaria basado en el cálculo
eficaz del juicio político, para
evitar generalizaciones y optar por decisiones empíricamente viables. Así,
respecto de la filosofía de la ilustración, admitieron la universalidad de los
valores humanos, pero fueron escépticos por cuanto a la inmutabilidad de la
naturaleza humana.
La realidad parlamentaria se nutrió
también del contractualismo teorizado con oposiciones y afinidades por Hobbes,
Locke y Montesquieu. El contrato de cesión absoluta de derechos naturales en
favor de un solo soberano, que Hobbes argumentó orgánicamente con la metáfora
del Leviatán, fue combatido por el iusnaturalismo que Locke postuló como
fundamento del gobierno civil. De hecho, a fines del siglo XVII, Locke se
vinculó directamente con el partido liberal inglés, dotándolo de un discurso
político que argüía derechos naturales de igualdad, independencia, libertad,
propiedad privada y división tripartita del poder público; esta última,
reelaborada por Montesquieu en el siglo XVIII bajo la concepción de
legislativo, ejecutivo y judicial, como poderes sujetos a equilibrios y
contrapesos.
A partir de la independencia de las
colonias americanas y la revolución francesa, ocurridas en el último cuarto del
siglo XVIII, el parlamento racionalizó e hizo realidad la herencia intelectual
de los contractualistas liberales. Se arrogó la función de facturar leyes y legitimó
su nuevo monopolio en cartas constitucionales: exactamente el mismo poder que
en la actualidad posee. Con esta función, la realidad parlamentaria adquirió un
nuevo sentido y dejó de ser una asamblea de mera deliberación de impuestos y
declaraciones de guerra. Ahora decidía su aprobación y, además, la de todas las
leyes nacionales, sin la intervención de ninguno de los otros poderes públicos.
Continuaremos.
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